Escudo del Colegio de Martilleros de Jujuy
Colegio de Martillerosde Jujuy

Remates Virtuales

Términos y Condiciones para postores

Modelo / borrador (modelo-2026-07). Este contrato todavía no fue revisado ni aprobado formalmente por la asesoría legal del Colegio. Se redactó a partir de la mecánica real ya implementada en la plataforma y de cláusulas estándar de un contrato de adhesión digital, como punto de partida para que el Colegio lo ajuste antes de considerarlo definitivo.

Capítulo I

Objeto y aceptación

Art. 1Objeto

Este contrato regula la relación entre el postor empadronado y el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos Inmobiliarios de Jujuy para el uso de la plataforma de Remates Virtuales (subastas electrónicas judiciales).

Art. 2Aceptación electrónica

Al marcar la casilla "Leí y acepto los Términos y Condiciones" durante el empadronamiento, el postor presta su consentimiento electrónico a este contrato, con el mismo valor que una firma manuscrita a estos efectos.

Art. 3Relación con el Reglamento

Este contrato se integra con el Reglamento de Subastas Electrónicas Judiciales de la plataforma. Ante cualquier contradicción entre ambos, o con lo que disponga el juzgado en un expediente puntual, prevalece siempre la decisión del juzgado interviniente.

Capítulo II

Obligaciones del postor

Art. 4Veracidad de los datos

Los datos aportados al empadronarse revisten carácter de declaración jurada. El postor es responsable de mantenerlos actualizados y de la exactitud de la información proporcionada.

Art. 5Uso personal e intransferible

La cuenta de postor es personal e intransferible. El postor es responsable de toda actividad realizada desde su cuenta, incluidas las ofertas cargadas con su usuario y contraseña.

Art. 6Ofertas irrevocables

Toda oferta realizada en la plataforma —manual o automática, mediante postura máxima secreta— es irrevocable una vez confirmada, conforme al Reglamento.

Art. 7Pago

De resultar adjudicatario, el postor se obliga a abonar el monto de su oferta ganadora en el plazo y la forma que determine el juzgado interviniente.

Art. 8Incumplimiento

El incumplimiento de pago puede derivar en la pérdida del depósito de garantía, la inhabilitación para participar en futuras subastas y las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de lo que resuelva el juzgado interviniente.

Capítulo III

Datos personales

Art. 9Tratamiento de datos personales

El postor presta su consentimiento para que el Colegio trate sus datos personales conforme a la Ley N.° 25.326 de Protección de Datos Personales, con la finalidad exclusiva de gestionar su empadronamiento, validar su identidad y administrar su participación en las subastas electrónicas.

Art. 10Confidencialidad frente a terceros

Durante el desarrollo de una subasta, la identidad del postor no se revela públicamente: solo se muestra el código de postor que asigna el sistema, conforme al principio de anonimato del Reglamento.

Capítulo IV

Responsabilidad

Art. 11Disponibilidad de la plataforma

El Colegio no garantiza la disponibilidad ininterrumpida de la plataforma. Hace su mejor esfuerzo razonable para mantenerla operativa, pero no responde por interrupciones originadas en cuestiones ajenas a su control.

Art. 12Rol del Colegio

El Colegio no es parte del proceso judicial en el que se ordenó la subasta. Su función es poner a disposición la plataforma tecnológica y fiscalizar la actuación del martillero matriculado a cargo del lote.

Art. 13Fallas ajenas a la plataforma

El Colegio no responde por fallas de conexión a internet, cortes de energía eléctrica o problemas técnicos del dispositivo del propio postor durante el desarrollo de una subasta.

Capítulo V

Disposiciones finales

Art. 14Modificaciones

El Colegio puede actualizar este contrato. Los cambios sustanciales pueden requerir que el postor vuelva a aceptar la versión vigente para continuar participando en subastas.

Art. 15Jurisdicción

Para cualquier cuestión derivada de este contrato, las partes se someten a la competencia de los tribunales ordinarios de la Provincia de Jujuy, con renuncia a cualquier otro fuero.

Art. 16Vigencia

Este contrato rige desde su aceptación y mientras dure el empadronamiento del postor en la plataforma.

Este contrato se complementa con el Reglamento de Subastas Electrónicas Judiciales. Ante dudas, consultá la página de preguntas frecuentes o escribinos desde Contacto.